SUBPROGRAMA 1: CHEQUE DE COMERCIO RURAL PERMANENCIA
Apoyo a la permanencia de comercios minoristas en localidades de hasta 200 h. en las que no exista otro comercio minorista.
- PLAZO DE SOLICITUD: 4 DE AGOSTO AL 1 DE OCTUBRE DE 2026
- REQUISITOS ESPECÍFICOS
- El negocio debe tener como actividad principal una incluida en los grupos 64, 65 o 66 del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- No se aceptan actividades como: Tabaco (Grupo 646) Farmacias (Epígrafe 652.1) Vehículos y maquinaria (Grupo 654) Combustibles (Grupo 655) Comercio ambulante y mercadillos (Grupo 663) Máquinas automáticas (Grupo 664) Venta por catálogo o por correo (Grupo 665)
- La actividad principal debe figurar en el censo de la Agencia Tributaria antes de la convocatoria (o en el plazo subvencionable si es una apertura).
- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES
- Suministros generales de agua, electricidad, gas y combustibles para la calefacción y agua caliente sanitaria, telefonía e internet.
- Gastos del personal contratado por cuenta ajena (salario y seguridad social).
- Cuotas para autónomos.
SUBPROGRAMA 2A: CHEQUE DE COMERCIO RURAL APERTURA
Apoyo a la apertura o reforma de comercios minoristas en localidades de hasta 1.000 h. en las que no exista ningún comercio minorista (apertura) o ningún otro comercio minorista (reforma)
- PLAZO DE SOLICITUD: 4 DE AGOSTO AL 1 DE OCTUBRE DE 2026 (HASTA EL 15 DE OCTUBRE PARA APERTURA)
- REQUISITOS ESPECÍFICOS
- El negocio debe tener como actividad principal una incluida en los grupos 64, 65 o 66 del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- No se aceptan actividades como: Tabaco (Grupo 646) Farmacias (Epígrafe 652.1) Vehículos y maquinaria (Grupo 654) Combustibles (Grupo 655) Comercio ambulante y mercadillos (Grupo 663) Máquinas automáticas (Grupo 664) Venta por catálogo o por correo (Grupo 665)
- La actividad principal debe figurar en el censo de la Agencia Tributaria antes de la convocatoria (o en el plazo subvencionable si es una apertura).
- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES
- La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
- La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos, cuando se realicen con medios ajenos.
- Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad o la mejora de la imagen de este, así como:
- Las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad.
- Las dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
- La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
- La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad subvencionable.
- El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…). Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
SUBPROGRAMA 3: CHEQUE DE COMERCIO RURAL VEHÍCULO
Apoyo a la adquisición de vehículos destinados a la actividad comercial minorista de productos cotidianos vinculada a establecimientos comerciales en localidades de hasta 1.000 h. para actividades encuadradas en los epígrafes 663.1 y 663.4 del IAE. El vehículo debe ser usado exclusivamente para la actividad comercial
- PLAZO DE SOLICITUD: 4 DE AGOSTO AL 1 DE OCTUBRE DE 2026
- REQUISITOS ESPECÍFICOS: Se debe desarrollar en el establecimiento comercial alguna actividad comercial y minorista incluida en las siguientes agrupaciones, grupos o epígrafes del IAE:
- Agrupación 64, excepto el grupo 646 (tabaco y artículos de fumador).Epígrafe 652.2 – Droguería, perfumería, limpieza, decoración, productos químicos: solo si se comercializan productos de uso cotidiano (alimentación, droguería, perfumería).Epígrafe 652.3 – Perfumería, cosmética, higiene personal.Grupo 661 – Grandes almacenes con amplia gama de productos (hogar, ropa, calzado, alimentación, etc.) y servicios múltiples.
- Grupo 662 – Comercio mixto o integrado: solo si se comercializan productos de uso cotidiano (alimentación, droguería, perfumería).
- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES: Las empresas solicitantes podrán presentar una única solicitud por establecimiento comercial para la adquisición de un vehículo siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Deberán estar afectos directa y exclusivamente a la actividad comercial ejercida en el establecimiento comercial y/o al ejercicio de las actividades comprendidas en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas 663.1 y 663.4, conforme al Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre y cuando se desarrollen con carácter complementario a las actividades comerciales ejercidas en el establecimiento comercial y se comercialicen los productos de carácter cotidiano vendidos en dicho establecimiento.
- Deberán ser destinados exclusivamente al transporte de las mercancías propias de la actividad comercial ejercida, con la finalidad de garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano en el medio rural.
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