JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN – CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA – ICE
**ACTUALIZACIÓN**
RESOLUCIÓN 2 DE MAYO DE 2024: NUEVA CUANTÍA POR VALOR DE 10.000.000€
OBJETO
Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
Requisitos de los proyectos
Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes que se pueden consultar en el Anexo I en el enlace a la convocatoria.
Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?
Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.
Los proyectos de inversión de inicio de una nueva actividad promovidos por emprendedores deberán pertenecer a cualquiera de los sectores incluidos en las secciones y divisiones del CNAE 2009 incluidos en el documento que puede consultarse en el enlace al trámite.
CUANTÍA
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa”, no excederá el importe establecido en el Reglamento de minimis en vigor (actualmente 200.000 €) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León (10 de agosto de 2023), y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.